miércoles, 22 de abril de 2009

Oportunidades y Barreras para las administraciones

En esta nueva entrada vamos a comentar de forma general las oportunidades que ofrece el software libre a las administraciones públicas, y algunas de las principales barreras que, podrían estar limitando una adopción mucho más ágil de la tecnología. A continuación se lista un conjunto de oportunidades las cuales pueden ser pueden ser aprovechadas en la mayoría de las administraciones:
  • Incrementar el grado de interoperabilidad: El software libre mediante el uso de protocolos, estándares y formatos abiertos, permite incrementar el grado de interoperabilidad, ya sea, con sus reparticiones, otras administraciones públicas, empresas y cuidadanos, haciendo que el proceso de intercambio de información sea algo mucho más fácil de implementar.
  • Aumentar el conjunto de aplicaciones disponibles para el sector público: El software libre otorga los derechos necesarios para que las administraciones públicas puedan utilizar el software de otras administraciones, y viceversa, incrementando el conjunto de aplicaciones disponibles para estas.
  • Disminución de los costos: El software libre fomenta la reutilización del software, permitiendo así disminuir los costos de implantación, cuando se cuenta con un producto que satisface las necesidades de la administración.
  • Aumentar la eficiencia del desarrollo de proyectos de software: El software libre permite compartir los costos y riesgos al comenzar un proyecto de desarrollo de software, aumentando así el grado de eficiencia del proyecto, al contrario de lo que ocurre con el desarrollo del software privativo.
  • Salvaguarda la soberanía tecnológica: El software libre permite garantizar la independencia tecnológica de los proveedores y posibilita el fomento del conocimiento del personal TI interno, permitiendoles a las administraciones saber como funciona el software, para así, evitar potenciales hipotecas tecnológicas.
Para que estas oportunidades puedan transformarse en realidad las administraciones, deben luchar con limitadores que involucran realizar ciertos cambios al interior de su organización. Aquí se listan las principales barreras y desafíos que deben sortear las administraciones públicas para adoptar con éxito el software libre.
  • Competencias técnicas en software libre: Las administraciones que deseen desarrollar, distribuir o adaptar software libre deben contar con cierto grado de habilidades técnicas para realizar estas tareas, las cuales se pueden conseguir, contratando un grupo de personas que tengan estas competencias o contratando estos servicios a una empresa especialista en software libre.
  • Conocimientos sobre aspectos legales del software libre: Se requiere ciertos conocimientos legales para determinar cual puede ser la mejor forma de distribuir un producto de software, lo cual, puede ser realmente complejo cuando combinamos dentro un software varias componentes distribuidos bajo diferentes licencias.
  • Habilidades para la administración de proyectos de software libre: Se requiere contar con profesionales del software libre, que aparte de contar con el conocimiento técnico, sean capaces de gestionar el proyecto, y su código base, comunicarse con otros desarrolladores, y poder crear comunidad entorno a los proyectos.
  • Organización de las tareas asociadas a los proyectos de software libre: Se requiere realizar ciertos cambios en los departamentos TI de las administraciones de forma que las personas que antiguamente realizaban las labores de mantenimiento o ejecución de tareas internas, pueden transformarse en responsables de realizar labores de comunicación hacia fuera de la administración pública, encargandose de labores como actualización de contenidos en los sitios de los proyectos, interacción con listas de correo de forma de adaptar sus procesos a una forma más abierta y participativa que se adapte a las nuevas tecnologías y necesidades.
  • Conocimientos del idioma Inglés: La mayor parte de la comunicación que ocurre entorno al software libre se desarrolla en idioma inglés, por lo cual, se hace imprecindible contar con personas capaces de poder comunicarse a través de este idioma.
Toda la información presentada en este artículo fue obtenida desde "Study on the effect on the development of the information society of European public bodies making their own software available as open source" y "Government Open Source Policies"

martes, 21 de abril de 2009

Cumpliendo las obligaciones

Dentro de este artículo vamos a relacionar los requisitos legales detallados en el artículo Obligaciones de las Administraciones con las tecnologías de software existentes, para demostrar como estas solo son posibles cumplir a cabalidad adoptando software libre.

  1. Defensa del interés general: El software libre ayuda a cumplir lo indicado por la constitución en su artículo 103, garantizando la libertad y el ejercicio de los derechos de explotación por parte de los usuarios, asunto que no se puede satisfacer con el software privativo.


  2. Transparencia de la actuación administrativa: El software libre apoya este decreto de ley, permitiendo conocer a cabalidad que realiza el software y como lo implementa, ya que, se dispone su código fuente para analizarlo.


  3. Eficacia y eficiencia: El software libre es más eficiente y eficaz que el software propietario, ya que, por naturaleza permite compartir los costos y riesgos del desarrollo de un producto entre distintos usuarios.


  4. Seguridad: El software libre al distribuir su código fuente permite realizar labores de verdadera auditabilidad sobre el código, y lo que garantiza conocer con certeza los detalles de su funcionamiento.


  5. Conservación: El software libre al utilizar formatos de estándar para almacenar la información, permite su preservación, y un fácil acceso a ellos a través de técnicas conocidas, que no dependen del uso de una única herramienta en particular.


  6. Normalización e interoperabilidad: El software libre a través del uso de estándares, protocolos y formatos abiertos, garantiza la comunicación, y el intercambio de información entre los distintos entes de la administración, otras administraciones, ciudadanos y empresas.


  7. Accesibilidad: El software libre respeta la mayoría de los estándares abiertos asociados a accesibilidad no solo en el web, sino también para el acceso e intercambio de información, y en algunos casos hasta el escritorio.


  8. Protección de las modalidades linguísticas: El software libre posee un alto grado de adaptabilidad, lo que permite fácilmente acceder a su código fuente (archivos de localización) y localizar a aplicación en un lengua en particular.


  9. Propiedad intelectual y patentes: El software libre presenta licencias de que cumplen las características exigidas por las leyes de propiedad intelectual, garantizando el conocimiento al funcionamiento del programa, la posibilidad de corrección errores e información neecsaria para garantizar la interoperabilidad entre otros.

Obligaciones de las Administraciones

Como comentabamos en el artículo de importancia del software libre en los estados, y algunos otros como Software libre y las Administraciones Públicas de Liliana. Son bastantes y sólidos los argumentos que respaldan el uso del software libre en las administraciones públicas, pero ¿porqué muchas no lo adoptan?, ¿tendrán otra estrategía?, o ¿cual será el motivo que las detiene?, si bien, estas preguntas jamás tendrán una respuesta formal de parte de ellas, es bueno recordar que todas las administraciones deben siempre regirse por las obligaciones establecidas por la constitución y otras leyes, por lo cual vamos a citar algunos requerimientos que se relacionan con el software dentro del espacio de una Administración Pública como la Española:
  1. Defensa del interés general: La Constitución española establece en su artículo 103 que “La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia...”.
  2. Transparencia de la actuación administrativa: La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en su preámbulo, apartado V, se refiere a “garantizar la calidad y transparencia de la actuación administrativa” y a la “tecnificación y modernización de la actuación administrativa en su vertiente de producción jurídica y a la adaptación permanente al ritmo de las innovaciones tecnológicas”.
  3. Eficacia y eficiencia: La citada Ley 30/1992 en su artículo 3 ‘Principios Generales’, se refiere a la “actuación por los criterios de eficacia y servicio a los ciudadanos”.
  4. Seguridad: El Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, establece en su artículo 4 la obligación de adoptar medidas organizativas y técnicas que aseguren la autenticidad, confidencialidad, integridad, disponibilidad y conservación de la información para garantizar la restricción de utilización, la prevención de alteraciones y la protección de los procesos informáticos frente a manipulaciones no autorizadas.
  5. Conservación: El Real Decreto 263/1996, establece en su artículo 4 la obligación de adoptar medidas organizativas y técnicas que aseguren la conservación de la información.
  6. Normalización e interoperabilidad: El Real Decreto 263/1996 se refiere en su artículo 4 a la conformidad con normas nacionales e internacionales exigibles; en su artículo 7 a la existencia de compatibilidad entre el emisor y el destinatario que permita técnicamente las comunicaciones entre ambos, a la utilización de códigos y formatos o diseños de registro establecidos por la Administración General del Estado; en su artículo 10 a la publicación de la relación de las aplicaciones, medios y soportes a través de los cuales se podrán efectuar las comunicaciones y notificaciones, especificando, en su caso, los formatos y códigos normalizados para su utilización.
  7. Accesibilidad: La Orden PRE/1551/2003, de 10 junio, por la que se desarrolla la disposición final primera del Real Decreto 209/2003, de 21de febrero de 2003, que regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de certificados por los ciudadanos.
  8. Protección de las modalidades linguísticas: La Constitución recoge la protección y garantía de las distintas modalidades lingüísticas de España en los Títulos I de “De los derechos y deberes fundamentales” y Título VIII “De la Organización Territorial del Estado”.
  9. Propiedad intelectual y patentes: El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes en la materia trata en sus artículos 95 a 104 la cuestión de los derechos de autor y los programas de ordenador. En relación con el acceso al código fuente, es especialmente significativo el artículo 100 ‘Límites a los derechos de explotación’ que contempla la corrección de errores, el conocimiento del funcionamiento del programa, las copias de seguridad, el desarrollo de programas derivados y la obtención de la información necesaria para la interoperabilidad.
Estos requerimientos nos permite comprender que las administraciones públicas no pueden incorporar tecnologías de software que no cumplan con el marco legal vigente, de lo contrario estaremos en presencia de organismos públicos que no están realizando el trabajo que los ciudadanos y la ley les ha encomendado.

miércoles, 1 de abril de 2009

La ilusión del software diferenciador

Hoy en día es imposible pensar que una empresa en particular no utilice alguna herramienta de software para apoyar sus procesos internos, pues cada día las TICs y en especial el software están presentes de forma transversal en cada una de las áreas que generan valor al negocio de las empresas, cumpliendo un rol más activo en la estrategia de la mismas.

Pero si todas las empresas están concientes de esto, y la mayoría invierte y adopta tecnologías, resulta interesante plantearse si realmente el mero uso de las tecnologías pueda resultar ser una ventaja competitiva al estar el mismo software disponible para todos[1].

A muchas empresas se les vende la ilusión que el adquirir un determinado software les resulta una ventaja competitiva con respecto a otras compañias, pero esto no es más que una estrategia de venta de las compañias de software privativo, para crear una falsa sensación de liderato o delantera en un determinado sector. Es increible pensar que esta técnica ha sustentado durante bastantes años el modelo actual de comercialización del software, y ha hecho gastar a las empresas fuertes sumas de dinero por un software del cual, seguro mi competencia tiene uno de similares características.

Ahora para que el software genere una ventaja competitiva debe ser necesariamente diferenciador[2] de mi competencia, por lo cual debe implementar una funcionalidad, que no este a disposición de todo el mercado, y que ayude a que mi negocio se vuelva más atractivo, como es el caso del software de sugerencias de libros de Amazón.

Si comenzamos ha analizar la mayoría de las aplicaciones que conocemos, y pensamos cuantas de ellas cumplen este requisito de diferenciación, nos daremos cuenta que muy pocas lo hacen, y que la mayoría del mercado del software es del tipo no diferenciador.

Valdra la pena gastar tanto dinero es software que no es diferenciador, la verdad que no, y es aquí donde el software libre puede ayudar a las empresas a disminuir los costos asociados a la adopción de estas tecnologías, aprovechando las aplicaciones disponibles para apoyar sus procesos y otorgando la posibilidad de adaptarlas si fuera necesario a un costo inferior al que le costaría realizarlo con software propietario, por lo cual, resulta de vital importancia informar a las empresas los efectos del software libre, y las oportunidades que le podría otorgar en el futuro cercano.

  1. [1]IT Doesn't Matter
  2. [2]The Emerging Economic Paradigm of Open Source